Autor: Romina Vallejos, Departamento Laboral
En un entorno empresarial dinámico como el de Bolivia, la necesidad de adaptarse a las nuevas realidades es crucial. La implementación de modalidades laborales flexibles se ha convertido en una estrategia clave para las empresas que buscan mantener la estabilidad y la eficiencia operativa a largo plazo.
La reducción de la jornada laboral ha surgido como una solución innovadora respaldada por la jurisprudencia. Pagar un salario por horas que ya no se trabajarán resulta poco racional. Por lo tanto, se ha dado paso a las relaciones laborales atípicas, como la jornada laboral reducida o el trabajo por horas, tal como lo establece el Auto Supremo Nro. 489 de 16 de septiembre de 2021 del Tribunal Supremo de Justicia.
Esto permite a las empresas establecer una jornada reducida, remunerando las horas trabajadas de manera proporcional, manteniendo la proporcionalidad entre el trabajo realizado y la remuneración, tal como lo establecen los artículos 47 y 52 de la Ley General del Trabajo. Además, se ha establecido jurídicamente la posibilidad de suscribir contratos de trabajo por horas o media jornada, adaptando el funcionamiento empresarial a la nueva realidad económica.
En Bolivia, es imperativo que los contratos laborales, más aun los atípicos se hagan por escrito, por lo tanto estos deberán contener -al menos- los siguientes elementos específicos y deberá ser refrendado por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social:
- Nombre y apellido paterno y materno o razón social de los contratantes;
- Edad, nacionalidad, estado civil y domicilio del trabajador;
- Naturaleza del trabajo y el lugar donde será prestado;
- Determinación de si el trabajo o servicio se efectuará por unidad de tiempo, de obra, por tarea o a destajo, o por dos o más de estos sistemas;
- Monto, forma y período de pago de la remuneración acordada;
- Plazo de contrato;
- Lugar y fecha de suscripción del contrato;
- Inscripción de sus herederos, con indicación de nombres y edad, para los efectos de las disposiciones concernientes a la reparación de los riesgos profesionales.
Para evitar contingencias legales ante las instituciones de seguridad social, es esencial garantizar que las cotizaciones al seguro social y de corto plazo se realicen de forma proporcional al salario total del trabajador.
Ahora bien, es importante resaltar el caso de Islandia, que se ha consolidado como pionera en la implementación de modelos laborales flexibles, posicionándose como un referente mundial en la búsqueda del bienestar de los trabajadores y la competitividad empresarial. La jornada laboral de 4 días, implementada gradualmente en diversos sectores desde hace años, ha demostrado ser un éxito rotundo, beneficiando tanto a trabajadores como a empresas.
Para los trabajadores, la jornada laboral de 4 días ha significado un mejor equilibrio entre la vida laboral y personal, traduciéndose en mayor satisfacción, menor estrés y, por ende, mayor productividad. Las empresas, por su parte, han experimentado una reducción de costos operativos, un aumento en la retención de talento y una mejora en la imagen corporativa.
En conclusión, las relaciones laborales atípicas representan una alternativa viable para que las empresas bolivianas se ajusten a las nuevas dinámicas del mercado. Al implementar estas modalidades, las empresas pueden optimizar sus costos, mejorar la productividad, atraer talento y fortalecer su competitividad, asegurando su sostenibilidad y crecimiento a largo plazo.